Control e inspecciones de los terrenos baldíos y/o deshabitados
Esta medida de prevención están establecidas por la Ordenanza Nº 829/12, en la que se considera una falta contra la seguridad e higiene, los terrenos baldíos, inmuebles deshabitados, o en aparente estado de abandono, que existan en el ejido municipal, en los que se verifique o constate yuyales, malezas o acumulación de aguas, o basura, o configuración de todo otro ámbito que pueda facilitar el desarrollo de roedores, insectos, emanación de olores, u otras molestias al vecindario, evitando enfermedades como Dengue, Zika y Chikungunya.
Desde el Municipio se vienen realizando inspecciones, dando aviso -si el terreno no se encuentra en condiciones- para que en un plazo de 5 días proceda con la limpieza del mismo. Para aquellos vecinos que fueron notificados y en este plazo no regularizaron la situación, la ordenanza permite al Municipio realizar la limpieza de los inmuebles por exclusiva cuenta, costa y cargo del mismo, y también prevé MULTAS equivalentes al valor de cincuenta (50) a quinientos litros (500) litros de nafta súper.
Para dar aviso de inmuebles en estado visible de abandono, deberán acercarse al Área de Ambiente del Municipio de lunes a viernes de 7:00 a 12:00 hs., o comunicarse al 480020.


Fuente: Prensa Municipio Urdinarrain